El Ministerio de Industria ha presentado un proyecto de Real Decreto al Consejo Asesor de Telecomunicaciones (CATSI) por el que se autoriza la TDT de pago a todas las cadenas de televisión con más de un canal, según informó hoy este departamento en un comunicado.
Así, el secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros, explicó al CATSI que la futura norma va a permitir que las sociedades concesionarias del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito estatal puedan explotar total o parcialmente en la modalidad de pago mediante acceso condicional uno de los canales digitales de los que son titulares, siempre que su concesión permita la explotación de más de un canal.
Industria argumenta que la medida se adopta con "el fin de asegurar el éxito de implantación de la TDT y mejorar la prestación del servicio público de televisión para los ciudadanos". En este sentido, explica que "es necesario flexibilizar el modelo de negocio existente hasta ahora, basado en la emisión en abierto, y permitir a las sociedades concesionarias de ámbito estatal la prestación del servicio de TDT en la modalidad de pago mediante acceso condicional". "Esta flexibilización del modelo contribuirá además al sostenimiento de una oferta televisiva más amplia", añade.
Por otro lado, el CATSI también estudió otro proyecto de Real Decreto que fija las condiciones técnicas mínimas para poder llevar a cabo la prestación del servicio de TDT de alta definición en España. El texto establece que los aparatos receptores de TDT dotados de una pantalla con una diagonal visible igual o superior a 53 centímetros (21 pulgadas) que se pongan en el mercado a partir del 1 de abril de 2010 lleven incorporado el sintonizador para las emisiones en alta definición, coincidiendo con el apagón analógico (previsto para el 3 de abril). Igualmente, determina que para emitir en alta definición es necesaria la autorización del órgano que otorgó la concesión administrativa.
Además, Ros presentó el proyecto de Real Decreto que determina los criterios a aplicar en la transición de la televisión analógica terrestre a la TDT para la planificación de los múltiples digitales de ámbito estatal y autonómico que se pondrán a disposición de los operadores de televisión y de las comunidades autónomas, tras el apagón analógico.
DIVIDENDO DIGITAL EN 2015
También posibilitará que la subbanda de frecuencias de 790 a 862 MHz (canales radioeléctricos 61 a 69) pueda quedar reservada para otros usos y servicios, como los de banda ancha en movilidad, a más tardar, a partir del 1 de enero de 2015 (dividendo digital).
En este sentido, el Real Decreto establece dos fases. La fase I está referida a la situación tras el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica, mientras que la fase II tiene como objetivo que, a más tardar, a partir del 1 de enero de 2015 la subbanda de frecuencias de 790 a 862 MHz pueda quedar reservada para los usos y servicios que se identifiquen en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.
Precisamente, Industria también presentó una nueva versión actualizada del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, que establece la distribución del espectro radioeléctrico entre los distintos servicios de radiocomunicaciones, para los que constituye el soporte imprescindible de transmisión de la información.
TELEVISIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Por otro lado, Ros informó sobre el Reglamento general y del Reglamento técnico de prestación del servicio de televisión de proximidad sin ánimo de lucro, que posibilitarán la puesta en práctica de los servicios de difusión de televisión digital terrestre de proximidad (sin finalidad comercial que usan con tecnología digital frecuencias por ondas terrestres que debido a su uso por servicios próximos no estén disponibles para servicios de televisión comercialmente viables y dirigidos a comunidades en razón de un interés cultural, educativo, étnico o social).
Según la normativa, la prestación del servicio de televisión de proximidad sin ánimo de lucro se llevará a cabo mediante gestión indirecta en régimen de concesión administrativa otorgada por la Comunidad Autónoma por entidades sin ánimo de lucro que estén habilitadas para emitir al amparo de la Ley de televisión local por ondas terrestres, siempre que dispongan de frecuencias para ello, y que cuenten con una serie de requisitos técnicos.
RADIO DIGITAL TERRENAL
El Ministerio de Industria también sometió a la consideración del Consejo la propuesta de modificación del Real Decreto por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la radiodifusión sonora digital terrenal con el objetivo de flexibilizar criterios técnicos en la prestación del servicio de radio digital terrestre, de forma que los operadores puedan ampliar las soluciones técnicas para prestar el servicio.
Además, con esta modificación la obligación de cobertura se reduce del actual 50 por ciento de la población al 20 por ciento y se prevé la ampliación de la extensión de la cobertura en función del desarrollo e implantación del servicio de radio digital terrestre.
Finalmente, el CATSI también estudió la planificación para la elaboración del Plan Avanza2.
+ info en: http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2009061700_42_602551__Television-Industria-autorizara-pago-todas-televisiones-canal
Subscribe to:
Post Comments (Atom)
No comments:
Post a Comment